Costa del Sol Abogados - Trias, Kirkpatrick & De Grevignèe

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INMOBILIARIO

Siempre hay que comenzar por este sector en la Costa del Sol ya que ésta se ha desarrollado sobre la base de la adquisición de inmuebles por parte de personas llegadas a ella. En esto se diferencia claramente de otras zonas españolas donde ha predominado el turismo.

En este campo es muy importante la experiencia. En los negocios, como en todo, es esencial saber el terreno que pisas y conocer a las personas que los mueven, sean promotores, agentes de la propiedad inmobiliaria, notarios, registradores, otros abogados, funcionarios, políticos, etc., etc. Esta experiencia la tiene el promotor del despacho, Carlos Trias, con 20 años de trabajo en la Costa del Sol.

Si bien en este campo inmobiliario el mayor número de clientes corresponde a familias que han venido aquí a adquirir una vivienda permanente o para largas temporadas, en volumen de negocio pesan mucho los promotores que nos han confiado sus asuntos. La asistencia a los promotores se desarrolla a lo largo de todos los servicios que exponemos; por eso aquí sólo nos referiremos - y brevemente - a nuestros servicios a los particulares.

Compraventa de inmuebles. Adquirir una propiedad en España no es en la mayoría de los casos difícil puesto que nuestro sistema legal da garantías casi totales al comprador que utiliza correctamente el fácil sistema: adquisición ante notario - previa comprobación de las cargas y gravámenes y otros gastos que en caso de estar pendientes se asumirían con la compra - e inmediato pago del impuesto e inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Construcción de la propia vivienda. Obviamente reviste mayor dificultad. Hay que hacer un contrato con el constructor y luego seguirlo hasta la terminación. Para el abogado no se reduce a una cuestión jurídica; tiene que ser realista y aquilatar las garantías con las posibilidades reales. No firmar el oro y el moro y luego estar continuamente con problemas.

En cuanto a la seguridad jurídica aquí hay que otorgar dos escrituras ante Notario, la de adquisición del terreno y la llamada de Obra Nueva, esto es, la correspondiente a la construcción, e inscribir ambas en el Registro de la Propiedad

Obtención de licencias. De obra y de primera ocupación, colaborando con el cliente, el arquitecto y el constructor.

Financiación. Puesto que la práctica bancaria tiene sus particularidades aquí. Si es necesario, le guiamos para que su solicitud de financiación tenga éxito. Desde a qué banco dirigirse según su caso concreto (pues cada banco sigue una política diferente), hasta qué documentación hay que presentar y cómo hacerlo (ya que la forma es muchas veces la clave de todo). Y por supuesto le aconsejamos del producto financiero que mejor se adapta a sus intereses.

Tributación.

Resumimos los principales impuestos:

Las compras a un promotor de una vivienda (excepto reventa) el 8%.

Las compras a un promotor de un solar el 17%

Las compras que no sean a un promotor, sean solar o vivienda, el 7%

Para la construcción de la propia vivienda, el 7% (IVA) al constructor y el 1% del valor por la obra nueva.